Visa de Pensionado
Revisado por Hassim Patel Bhana, Socio Director · Actualizado el
La Visa de Pensionado es para jubilados con una pensión vitalicia de un gobierno, un organismo internacional o una empresa privada. Exige una pensión vitalicia de al menos $1,000 al mes, o $750 si usted tiene un inmueble en Panamá de más de $100,000 a su nombre. Otorga residencia permanente, sin renovaciones.
Puntos clave
- Para jubilados con una pensión vitalicia de un gobierno, un organismo internacional o una empresa privada.
- La pensión debe ser vitalicia y de al menos $1,000 al mes.
- El mínimo baja a $750 al mes si usted tiene un inmueble en Panamá de más de $100,000 a su nombre.
- Los matrimonios pueden sumar ambas pensiones para alcanzar el mínimo de $1,000.
- Cada dependiente requiere $250 al mes adicionales, con pensión adicional o una referencia bancaria local.
- Otorga residencia permanente, sin renovaciones.
- Los documentos emitidos en el extranjero valen seis meses desde su fecha de emisión, no desde la fecha de la apostilla.
Preguntas frecuentes
¿Sirve una pensión por un número fijo de años?
No. La pensión debe otorgarse de por vida. Una pensión por plazo determinado no califica.
¿Pueden venir mis hijos?
Sí. Los hijos dependientes reciben un permiso temporal hasta los 25 años si estudian a tiempo completo. No se convierten en pensionados, salvo los hijos con discapacidad profunda comprobada.
¿Sirve una pensión privada?
Sí, con tres documentos adicionales: una carta de la empresa que administra los fondos, un certificado de existencia de la empresa que paga y un comprobante de pago o estado de cuenta.
¿Cuánto tiempo valen mis documentos?
Seis meses desde la fecha en que se emitió cada documento, no desde la fecha de la apostilla. Por eso le pedimos solicitarlos cerca de la presentación y no al inicio de su planificación.
