Empleado de una empresa panameña
Revisado por Hassim Patel Bhana, Socio Director · Actualizado el
Esta vía es para trabajadores contratados por una empresa privada panameña dentro del porcentaje legal de personal extranjero: 10% del personal ordinario, o 15% de expertos y técnicos. Exige un contrato de trabajo refrendado por el Ministerio de Trabajo, y los especialistas del 15% necesitan un salario de al menos $850 mensuales.
Puntos clave
- Para personal extranjero contratado por una empresa privada panameña.
- La empresa debe tener cupo: 10% del personal ordinario, o 15% de expertos y técnicos.
- El contrato de trabajo debe estar refrendado por el Ministerio de Trabajo.
- Los expertos y técnicos del 15% necesitan un salario de al menos $850 mensuales.
- Otorga residencia provisional por dos años y después residencia permanente.
- Cada uno debe apostillarse, o legalizarse, en el país que lo emitió.
- Cada uno debe traducirse al español por un traductor público autorizado en Panamá, trámite que la firma coordina.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el porcentaje?
Una empresa panameña puede emplear extranjeros hasta el 10% de su personal ordinario, o el 15% en el caso de expertos y técnicos.
¿Y si la empresa ya llegó a su cupo?
Entonces esta vía queda cerrada para esa contratación y hay que buscar otra. Cuál depende de la persona y de la empresa.
¿El contrato necesita algo especial?
Sí. Debe estar refrendado por el Ministerio de Trabajo.
¿Cuánto tiempo valen mis documentos?
Seis meses desde la fecha en que se emitió cada documento, no desde la fecha de la apostilla. Por eso le pedimos solicitarlos cerca de la presentación y no al inicio de su planificación.
