Casado con panameño
Revisado por Hassim Patel Bhana, Socio Director · Actualizado el
Esta vía es para extranjeros casados con un panameño y que conviven. El documento clave es un certificado de matrimonio emitido por el Registro Civil de Panamá, de modo que un matrimonio celebrado en el exterior debe inscribirse primero en Panamá. Otorga residencia provisional por dos años y después permanente.
Puntos clave
- Para extranjeros casados con un ciudadano panameño y que conviven.
- El certificado de matrimonio debe emitirlo el Registro Civil de Panamá.
- Un matrimonio celebrado en el exterior debe inscribirse en Panamá antes de presentar.
- La convivencia forma parte de lo que acredita la solicitud.
- Otorga residencia provisional por dos años y después residencia permanente.
- Cada uno debe apostillarse, o legalizarse, en el país que lo emitió.
- Cada uno debe traducirse al español por un traductor público autorizado en Panamá, trámite que la firma coordina.
Preguntas frecuentes
Nos casamos en el exterior. ¿Sirve?
Sí, pero el matrimonio debe inscribirse primero en el Registro Civil de Panamá, porque el certificado que pide la solicitud es el panameño.
¿Es residencia permanente de inmediato?
No. Primero residencia provisional por dos años, y después la permanente.
¿Me permite trabajar?
La residencia y el permiso de trabajo son solicitudes distintas. La lista indica qué necesita cada una.
¿Cuánto tiempo valen mis documentos?
Seis meses desde la fecha en que se emitió cada documento, no desde la fecha de la apostilla. Por eso le pedimos solicitarlos cerca de la presentación y no al inicio de su planificación.
